LFPED

Artículo 75. Valoración de pruebas

Las pruebas presentadas serán valoradas en conjunto, considerando la lógica y la legalidad. Este enfoque busca garantizar una decisión justa basada en los hechos.

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Texto Legal

Las pruebas que se presenten por las partes, así como las que de oficio se allegue el Consejo, serán valoradas en su conjunto, de acuerdo con los principios de la lógica, la experiencia y la legalidad, a fin de que puedan producir convicción sobre los hechos motivo de queja. Artículo reformado DOF 20-03-2014

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La presentación de pruebas coherentes y bien fundamentadas es crucial. Las partes deben asegurarse de que sus argumentos sean claros y respaldados por evidencia sólida.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 75 del LFPED?

Las pruebas presentadas serán valoradas en conjunto, considerando la lógica y la legalidad. Este enfoque busca garantizar una decisión justa basada en los hechos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 75 de la LEY para Prevenir y Eliminar la Discriminación?

[IA] La presentación de pruebas coherentes y bien fundamentadas es crucial. Las partes deben asegurarse de que sus argumentos sean claros y respaldados por evidencia sólida.

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