La Junta de Gobierno tiene atribuciones para aprobar reglamentos y lineamientos que regulen el funcionamiento del Consejo. Esto es esencial para su operatividad.
La Junta de Gobierno tendrá, además de aquellas que establece el artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, las siguientes atribuciones:
I. Aprobar y modificar su reglamento de sesiones, y el Estatuto Orgánico del Consejo, con base en la propuesta que presente la presidencia; Fracción reformada DOF 20-03-2014
II. Aprobar los ordenamientos administrativos que regulen el funcionamiento interno del Consejo propuestos por quien ocupe la presidencia, así como establecer los lineamientos y las políticas generales para su conducción con apego a esta Ley, su Estatuto Orgánico, los reglamentos de la Junta de Gobierno y de la Asamblea Consultiva, el Programa Nacional para la Igualdad y no Discriminación y Eliminar la Discriminación, y las demás disposiciones legales aplicables; Fracción reformada DOF 20-03-2014
LEY FEDERAL PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 14-11-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
II Bis. Aprobar la estrategia, criterios y lineamientos propuestos por la Presidencia del Consejo, que permitan a las instituciones públicas, privadas y organizaciones sociales llevar a cabo programas y medidas para prevenir y eliminar la discriminación en sus prácticas, instrumentos organizativos y presupuestos; Fracción adicionada DOF 20-03-2014
III. Aprobar el proyecto de presupuesto y del programa operativo anual que someta a su consideración la Presidencia del Consejo y conocer los informes de su ejercicio y ejecución; Fracción reformada DOF 20-03-2014
IV. Aprobar el informe anual de actividades que rendirá la Presidencia del Consejo a los Poderes de la Unión; Fracción reformada DOF 20-03-2014
V. Autorizar el nombramiento o remoción a propuesta de la Presidencia del Consejo, de los servidores públicos de éste que ocupen cargos en las dos jerarquías administrativas inferiores a la de aquél; Fracción reformada DOF 20-03-2014
VI. Emitir los criterios a los cuales se sujetará el Consejo en el ejercicio de sus atribuciones; Fracción reformada DOF 20-03-2014
VII. Aprobar el tabulador de salarios del Consejo y prestaciones al personal de nivel operativo del mismo, siempre que su presupuesto lo permita; Fracción reformada DOF 20-03-2014
VIII. Derogada. Fracción derogada DOF 20-03-2014
IX. Considerar las opiniones de la Asamblea Consultiva en materia de prevención y eliminación de la discriminación; Fracción adicionada DOF 20-03-2014
X. Acordar la realización de las operaciones inherentes al objeto del organismo con sujeción a las disposiciones aplicables, y Fracción adicionada DOF 20-03-2014
XI. Las demás que le confieran éste u otros ordenamientos. Fracción recorrida DOF 20-03-2014
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender estas atribuciones puede ayudar a las organizaciones a alinearse con las normativas del Consejo.
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