LFPED

Artículo 17. Objetivos del Consejo

El Consejo tiene como objetivos contribuir al desarrollo democratico y prevenir la discriminacion mediante politicas publicas. Su labor es fundamental para promover la igualdad en el pais.

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Texto Legal

El Consejo tiene como objeto:

I. Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país;

II. Llevar a cabo, las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación;

III. Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se encuentren en territorio nacional, y

IV. Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y eliminación de la discriminación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer los objetivos del Consejo puede ayudar a las organizaciones a colaborar en iniciativas que promuevan la igualdad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del LFPED?

El Consejo tiene como objetivos contribuir al desarrollo democratico y prevenir la discriminacion mediante politicas publicas. Su labor es fundamental para promover la igualdad en el pais.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY para Prevenir y Eliminar la Discriminación?

[IA] Conocer los objetivos del Consejo puede ayudar a las organizaciones a colaborar en iniciativas que promuevan la igualdad.

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