Este articulo permite la declaracion testimonial a traves de videoconferencia entre personas en Mexico y en el extranjero, siempre que sea autorizado por la autoridad judicial. Esta modalidad busca facilitar la colaboración internacional en procedimientos penales.
Si es autorizado por la autoridad judicial y/o en su caso por el Titular de la Fiscalía correspondiente o unidad administrativa equivalente a la que pertenece el Ministerio Público encargado de la investigación, y las condiciones técnicas lo permiten, la declaración testimonial en otro país de una persona que se encuentre en México y viceversa, podrá realizarse mediante videoconferencia. Artículo reformado DOF 20-05-2021
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La posibilidad de realizar declaraciones por videoconferencia puede agilizar procesos judiciales y mejorar la seguridad de los testigos. Es importante que los abogados se familiaricen con los requisitos técnicos y legales para su correcta implementación.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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