Las diligencias para obtener declaraciones de Testigos en el extranjero se realizarán conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, asegurando el cumplimiento de la ley en estos casos.
Cuando se requiera la práctica de diligencias tendientes a obtener la declaración de un Testigo residente en el extranjero, se deberá realizar conforme a lo previsto en el Título XI del Libro Segundo, del Código Nacional de Procedimientos Penales. Artículo reformado DOF 17-06-2016
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los abogados deben estar familiarizados con el Código Nacional de Procedimientos Penales para gestionar adecuadamente las diligencias de testigos en el extranjero, lo que puede ser crucial para el éxito del caso.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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