La autoridad competente notificará al Instituto sobre la devolución de bienes, asegurando que estos queden a disposición de quien corresponda. Esto es clave para la gestión adecuada de los activos.
Cuando proceda la devolución de los Bienes, activos o empresas, la autoridad competente notificará personalmente tal situación al Instituto, a efecto de que queden a disposición de quien determine dicha autoridad. La autoridad competente notificará su resolución al Interesado o al representante legal, de conformidad con lo previsto por las disposiciones aplicables, para que, en el plazo señalado en las mismas a partir de la notificación, se presente a recibirlo, bajo apercibimiento que de no hacerlo, los Bienes causarán abandono a favor del Gobierno Federal. Artículo reformado DOF 09-08-2019
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los administradores deben estar atentos a las notificaciones para garantizar que los bienes sean devueltos correctamente. La falta de atención puede resultar en la pérdida de activos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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