Las inspecciones se llevarán a cabo de acuerdo con las Normas Generales. El Grupo Nacional de Acompañamiento debe asegurar el cumplimiento de estas normas.
Las inspecciones se llevarán a cabo de conformidad con las Normas Generales. El Grupo Nacional de Acompañamiento ejercerá las atribuciones previstas en el Anexo sobre Verificación para el acompañamiento en el país y las que esta Ley reconoce a los Grupos Nacionales de Inspección, en lo que no contravengan a las Normas Generales.
El Grupo Nacional de Acompañamiento velará porque la diligencia se desarrolle con estricto apego al orden jurídico nacional, a dichas Normas Generales y al mandato conferido por la OPAQ al Grupo de Inspección Internacional.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer y entender las Normas Generales es vital para los Sujetos Obligados. Esto les permitirá prepararse adecuadamente y asegurar que las inspecciones se realicen sin contratiempos.
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Art. 40. Acceso al Polígono de Inspección
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Art. 42. Acta circunstanciada de inspección
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