LFCSQ

Artículo 41. Normas Generales de Inspección

Las inspecciones se llevarán a cabo de acuerdo con las Normas Generales. El Grupo Nacional de Acompañamiento debe asegurar el cumplimiento de estas normas.

normasinspeccionescumplimiento

Texto Legal

Las inspecciones se llevarán a cabo de conformidad con las Normas Generales. El Grupo Nacional de Acompañamiento ejercerá las atribuciones previstas en el Anexo sobre Verificación para el acompañamiento en el país y las que esta Ley reconoce a los Grupos Nacionales de Inspección, en lo que no contravengan a las Normas Generales.

El Grupo Nacional de Acompañamiento velará porque la diligencia se desarrolle con estricto apego al orden jurídico nacional, a dichas Normas Generales y al mandato conferido por la OPAQ al Grupo de Inspección Internacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer y entender las Normas Generales es vital para los Sujetos Obligados. Esto les permitirá prepararse adecuadamente y asegurar que las inspecciones se realicen sin contratiempos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41 del LFCSQ?

Las inspecciones se llevarán a cabo de acuerdo con las Normas Generales. El Grupo Nacional de Acompañamiento debe asegurar el cumplimiento de estas normas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41 de la LEY para el Control de Sustancias Químicas Susc...?

[IA] Conocer y entender las Normas Generales es vital para los Sujetos Obligados. Esto les permitirá prepararse adecuadamente y asegurar que las inspecciones se realicen sin contratiempos.

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