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Artículo 62. Definicion de la Plataforma Continental

La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares mexicanas abarcan el lecho y subsuelo de áreas submarinas más allá del mar territorial. Este artículo proporciona una definición clara que es fundamental para la delimitación de derechos marítimos.

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Texto Legal

La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares mexicanas, comprenden el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial, y a todo lo largo de la prolongación natural del territorio nacional hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos de que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia, de acuerdo con lo dispuesto por el derecho internacional. La definición anterior comprende la plataforma de islas, cayos y arrecifes que forman parte del territorio nacional. Fe de erratas al artículo DOF 09-01-1986

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La correcta interpretación de esta definición es crucial para las actividades económicas en el mar. Las empresas deben asegurarse de que sus operaciones no excedan los límites establecidos por este artículo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 62 del 124?

La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares mexicanas abarcan el lecho y subsuelo de áreas submarinas más allá del mar territorial. Este artículo proporciona una definición clara que es fundamental para la delimitación de derechos marítimos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 62 de la LEY del Mar?

[IA] La correcta interpretación de esta definición es crucial para las actividades económicas en el mar. Las empresas deben asegurarse de que sus operaciones no excedan los límites establecidos por este artículo.

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