La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares mexicanas abarcan el lecho y subsuelo de áreas submarinas más allá del mar territorial. Este artículo proporciona una definición clara que es fundamental para la delimitación de derechos marítimos.
La Plataforma Continental y las Plataformas Insulares mexicanas, comprenden el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial, y a todo lo largo de la prolongación natural del territorio nacional hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de 200 millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos de que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia, de acuerdo con lo dispuesto por el derecho internacional. La definición anterior comprende la plataforma de islas, cayos y arrecifes que forman parte del territorio nacional. Fe de erratas al artículo DOF 09-01-1986
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta interpretación de esta definición es crucial para las actividades económicas en el mar. Las empresas deben asegurarse de que sus operaciones no excedan los límites establecidos por este artículo.
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