Los derechos de soberanía sobre la Plataforma Continental son exclusivos, lo que significa que nadie puede explorar o explotar sin consentimiento. Esto protege los intereses nacionales.
Los derechos de soberanía de la Nación a que se refiere el Artículo anterior son exclusivos, en el sentido de que si México no explora la Plataforma Continental y las Plataformas Insulares o no explota sus recursos naturales, nadie puede emprender estas actividades sin expreso consentimiento de las autoridades nacionales competentes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La exclusividad de derechos es fundamental para evitar la explotación no autorizada. Los contadores deben asesorar sobre la obtención de permisos necesarios para actividades en la plataforma.
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