124

Artículo 30. Normas para embarcaciones de guerra

Las embarcaciones de guerra extranjeras deben cumplir con las normas de la Ley para permanecer en el Mar Territorial. De no hacerlo, se les puede exigir que salgan inmediatamente.

embarcaciones de guerranormasmar territorial

Texto Legal

Cuando una embarcación de guerra extranjera no cumpla las normas de esta Ley, de su Reglamento y de otras disposiciones legales nacionales relativas al paso por el Mar Territorial, y no acate la invitación que se le haga para que las cumpla, podrá exigírsele que salga inmediatamente del Mar Territorial mexicano.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es clave para la seguridad nacional. Las autoridades deben estar preparadas para actuar ante embarcaciones que no cumplan con las regulaciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del 124?

Las embarcaciones de guerra extranjeras deben cumplir con las normas de la Ley para permanecer en el Mar Territorial. De no hacerlo, se les puede exigir que salgan inmediatamente.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY del Mar?

[IA] Este articulo es clave para la seguridad nacional. Las autoridades deben estar preparadas para actuar ante embarcaciones que no cumplan con las regulaciones.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 30 del 124?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 30 124 desde tu celular