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Artículo 27. Limite exterior del Mar Territorial

El limite exterior del Mar Territorial se establece a 12 millas marinas desde el limite interior. Esta medida es clave para la soberania nacional.

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Texto Legal

El límite exterior del Mar Territorial es la línea cada uno de cuyos puntos está a una distancia de 12 millas marinas (22,224 metros), del punto más próximo de las líneas que constituyan su límite interior, determinadas de conformidad con el Artículo 26 de esta Ley y con las disposiciones pertinentes de su Reglamento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este articulo es importante para la delimitacion de espacios marinos. Las empresas deben tener en cuenta estas medidas al realizar actividades en el mar.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del 124?

El limite exterior del Mar Territorial se establece a 12 millas marinas desde el limite interior. Esta medida es clave para la soberania nacional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 27 de la LEY del Mar?

[IA] Este articulo es importante para la delimitacion de espacios marinos. Las empresas deben tener en cuenta estas medidas al realizar actividades en el mar.

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