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Artículo 17. Construccion de bienes inmuebles marinos

Las actividades de construccion y mantenimiento de bienes inmuebles en zonas marinas deben cumplir con las disposiciones legales vigentes. Esto incluye la exploracion y extraccion de recursos marinos.

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Texto Legal

La construcción, instalación, conservación, mantenimiento, reparación y demolición de los bienes inmuebles dedicados a la exploración, localización, perforación, extracción y desarrollo de recursos marinos, o destinados a un servicio público o al uso común en las zonas marinas mexicanas, deberá hacerse observando las disposiciones legales vigentes en la materia.

CAPITULO III De los Recursos y del Aprovechamiento Económico del Mar

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Asegurarse de cumplir con las normativas vigentes es crucial para evitar sanciones. Los profesionales deben estar al tanto de las leyes aplicables en cada proyecto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17 del 124?

Las actividades de construccion y mantenimiento de bienes inmuebles en zonas marinas deben cumplir con las disposiciones legales vigentes. Esto incluye la exploracion y extraccion de recursos marinos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17 de la LEY del Mar?

[IA] Asegurarse de cumplir con las normativas vigentes es crucial para evitar sanciones. Los profesionales deben estar al tanto de las leyes aplicables en cada proyecto.

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