La obra audiovisual será protegida como obra primigenia, sin perjuicio de los derechos de los autores de las obras adaptadas. Esto establece un marco claro para la protección de los derechos patrimoniales.
Sin perjuicio de los derechos de los autores de las obras adaptadas o incluidas en ella, la obra audiovisual, será protegida como obra primigenia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es vital que los creadores de obras audiovisuales registren sus derechos patrimoniales para evitar conflictos legales. La protección de las obras adaptadas también debe ser considerada.
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