LFDA

Artículo 90. Ejemplares originales de obras

Los ejemplares de obra grafica y fotografica en serie que estén debidamente firmados y numerados se consideran originales según la ley. Esto tiene implicaciones significativas para la valoración y comercialización de estas obras.

ejemplares originalesobra graficafotografia

Texto Legal

Para los efectos de esta Ley, los ejemplares de obra gráfica y fotográfica en serie debidamente firmados y numerados se consideran como originales. Artículo reformado DOF 23-07-2003

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los artistas deben asegurarse de firmar y numerar sus obras para que sean reconocidas como originales. Esto puede aumentar su valor en el mercado y proteger sus derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 90 del LFDA?

Los ejemplares de obra grafica y fotografica en serie que estén debidamente firmados y numerados se consideran originales según la ley. Esto tiene implicaciones significativas para la valoración y comercialización de estas obras.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 90 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los artistas deben asegurarse de firmar y numerar sus obras para que sean reconocidas como originales. Esto puede aumentar su valor en el mercado y proteger sus derechos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 90 del LFDA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 90 LFDA desde tu celular