LFDA

Artículo 9. Cómputo de Plazos

Los plazos para determinar la protección de derechos se computan a partir del 1 de enero del año siguiente al hecho que inicia el cómputo. Esto establece un marco temporal claro para la protección.

plazoscómputoprotección

Texto Legal

Todos los plazos establecidos para determinar la protección que otorga la presente Ley se computarán a partir del 1o. de enero del año siguiente al respectivo en que se hubiera realizado el hecho utilizado para iniciar el cómputo, salvo que este propio ordenamiento establezca una disposición en contrario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante para los abogados y contadores llevar un registro preciso de las fechas relevantes para el cómputo de plazos. Esto ayuda a evitar la pérdida de derechos por incumplimiento de los tiempos establecidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFDA?

Los plazos para determinar la protección de derechos se computan a partir del 1 de enero del año siguiente al hecho que inicia el cómputo. Esto establece un marco temporal claro para la protección.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Es importante para los abogados y contadores llevar un registro preciso de las fechas relevantes para el cómputo de plazos. Esto ayuda a evitar la pérdida de derechos por incumplimiento de los tiempos establecidos.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 9 del LFDA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 9 LFDA desde tu celular