Toda publicación debe mencionar el nombre del autor o seudónimo. Esto es fundamental para el reconocimiento y protección de los derechos del autor.
Toda persona física o moral que publique una obra está obligada a mencionar el nombre del autor o el seudónimo en su caso. Si la obra fuere anónima se hará constar. Cuando se trate de traducciones, compilaciones, adaptaciones u otras versiones se hará constar además, el nombre de quien la realiza.
Capítulo III Del Contrato de Edición de Obra Musical
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los editores deben asegurarse de dar crédito a los autores en todas las publicaciones. Esto no solo es una obligación legal, sino que también fomenta buenas relaciones.
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