LFDA

Artículo 31. Participacion en ingresos

Toda transmisión de derechos patrimoniales debe incluir una participación proporcional en los ingresos para el autor. Este derecho es irrenunciable y debe ser considerado en cualquier acuerdo.

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Texto Legal

Toda transmisión de derechos patrimoniales deberá prever en favor del autor o del titular del derecho patrimonial, en su caso, una participación proporcional en los ingresos de la explotación de que se trate, o una remuneración fija y determinada. Este derecho es irrenunciable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los autores deben estar atentos a este derecho irrenunciable al negociar contratos. Es recomendable incluir cláusulas claras sobre la participación en ingresos para evitar conflictos futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LFDA?

Toda transmisión de derechos patrimoniales debe incluir una participación proporcional en los ingresos para el autor. Este derecho es irrenunciable y debe ser considerado en cualquier acuerdo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los autores deben estar atentos a este derecho irrenunciable al negociar contratos. Es recomendable incluir cláusulas claras sobre la participación en ingresos para evitar conflictos futuros.

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