LFDA

Artículo 223. Requisitos para ser árbitro

Para ser designado árbitro, se deben cumplir ciertos requisitos, como ser Licenciado en Derecho y no haber tenido conflictos de interés. Esto asegura la imparcialidad en el arbitraje.

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Texto Legal

Para ser designado árbitro se necesita:

I. Ser Licenciado en Derecho;

II. Gozar de reconocido prestigio y honorabilidad;

III. No haber prestado durante los cinco años anteriores sus servicios en alguna sociedad de gestión colectiva;

IV. No haber sido abogado patrono de alguna de las partes;

V. No haber sido sentenciado por delito doloso grave;

VI. No ser pariente consanguíneo o por afinidad de alguna de las partes hasta el cuarto grado, o de los directivos en caso de tratarse de persona moral, y

VII. No ser servidor público.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los abogados deben asegurarse de que los árbitros seleccionados cumplan con los requisitos establecidos para evitar impugnaciones en el proceso arbitral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 223 del LFDA?

Para ser designado árbitro, se deben cumplir ciertos requisitos, como ser Licenciado en Derecho y no haber tenido conflictos de interés. Esto asegura la imparcialidad en el arbitraje.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 223 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los abogados deben asegurarse de que los árbitros seleccionados cumplan con los requisitos establecidos para evitar impugnaciones en el proceso arbitral.

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