La celebración de un contrato entre un artista y un productor de obras audiovisuales incluye el derecho a fijar y comunicar al público las actuaciones del artista. Este artículo aclara los derechos en el contexto audiovisual.
Salvo pacto en contrario, la celebración de un contrato entre un artista intérprete o ejecutante y un productor de obras audiovisuales para la producción de una obra audiovisual conlleva el derecho de fijar, reproducir y comunicar al público las actuaciones del artista. Lo anterior no incluye el derecho de utilizar en forma separada el sonido y las imágenes fijadas en la obra audiovisual, a menos que se acuerde expresamente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los artistas revisen cuidadosamente los contratos audiovisuales para asegurarse de que sus derechos sean respetados y que no se utilicen sus actuaciones sin su consentimiento.
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