LFDA

Artículo 113. Protección de obras transmitidas electrónicamente

Las obras transmitidas por medios electrónicos están protegidas por la ley, asegurando que los derechos de autor se respeten en el entorno digital. Esto es crucial para la industria creativa.

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Texto Legal

Las obras e interpretaciones o ejecuciones transmitidas por medios electrónicos a través del espectro electromagnético y de redes de telecomunicaciones y el resultado que se obtenga de esta transmisión estarán protegidas por esta Ley.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los creadores deben ser conscientes de sus derechos en el entorno digital y considerar la implementación de medidas de protección para sus obras.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 113 del LFDA?

Las obras transmitidas por medios electrónicos están protegidas por la ley, asegurando que los derechos de autor se respeten en el entorno digital. Esto es crucial para la industria creativa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 113 de la LEY del Derecho de Autor?

[IA] Los creadores deben ser conscientes de sus derechos en el entorno digital y considerar la implementación de medidas de protección para sus obras.

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