Los programas electrónicos que contengan elementos visuales, sonoros o animados están protegidos por la ley en sus elementos originales. Esto asegura la protección de la creatividad en el ámbito digital.
Los programas efectuados electrónicamente que contengan elementos visuales, sonoros, tridimensionales o animados quedan protegidos por esta Ley en los elementos primigenios que contengan.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Los creadores de contenido digital deben asegurarse de que sus obras estén debidamente registradas para proteger sus derechos ante posibles infracciones.
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Art. 110. Derechos sobre bases de datos
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