La constancia de presentación y el título de obtentor caducan al vencimiento de su vigencia. Además, la constancia se anula si no se recoge en un plazo de doce meses tras su notificación.
La constancia de presentación y el título de obtentor quedarán sin efecto al vencimiento de su vigencia. La constancia caducará cuando el interesado no la recoja dentro de los doce meses siguientes a partir de la fecha en que se le notifique su expedición.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es importante que los interesados recojan sus constancias a tiempo para evitar la pérdida de derechos. Se sugiere establecer recordatorios para estas fechas.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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