LFSP

Artículo 4. Leyes Supletorias

En caso de que la ley no prevea algún aspecto, se aplicarán supletoriamente otras leyes relacionadas con la seguridad pública y procedimientos administrativos. Esto asegura un marco legal más amplio para la regulación.

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Texto Legal

En todo lo no previsto por la presente ley, serán aplicables en forma supletoria, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. Artículo reformado DOF 27-01-2011

TÍTULO SEGUNDO De la Secretaría de Seguridad Pública y la Coordinación Interinstitucional

Capítulo I De sus Atribuciones

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los prestadores de servicios deben estar al tanto de las leyes supletorias que pueden afectar su operación. Es recomendable revisar periódicamente estas leyes para asegurar el cumplimiento total.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 4 del LFSP?

En caso de que la ley no prevea algún aspecto, se aplicarán supletoriamente otras leyes relacionadas con la seguridad pública y procedimientos administrativos. Esto asegura un marco legal más amplio para la regulación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 4 de la LEY de Seguridad Privada?

[IA] Los prestadores de servicios deben estar al tanto de las leyes supletorias que pueden afectar su operación. Es recomendable revisar periódicamente estas leyes para asegurar el cumplimiento total.

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