El personal operativo debe carecer de antecedentes penales, ser mayor de edad y estar capacitado en las modalidades de servicio que prestarán.
Para el desempeño de sus funciones, el personal operativo de los prestadores de servicios deberá reunir y acreditar los siguientes requisitos:
I. Carecer de antecedentes penales;
II. Ser mayor de edad;
III. Estar inscritos en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública;
IV. Estar debidamente capacitados en las modalidades en que prestarán el servicio;
V. No haber sido separado de las Fuerzas Armadas o de instituciones de seguridad pública o privada por alguna de las causas previstas en la fracción II del artículo 27 de la presente Ley, y
VI. No ser miembros en activo de alguna institución de seguridad pública federal, estatal o municipal o de las Fuerzas Armadas.
Capítulo V De la Capacitación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La capacitación y verificación de antecedentes del personal operativo son fundamentales para asegurar un servicio de calidad y cumplimiento legal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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