LFSV

Artículo 76. Actividades sin autorizacion

Este articulo penaliza a quienes realicen actividades en materia fitosanitaria sin la autorizacion correspondiente. Las sanciones incluyen prisión y multas, lo que enfatiza la importancia de la regulación en el sector.

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Texto Legal

Al que sin tener la autorización o certificación de la autoridad competente, ordene o ejecute cualquier actividad en materia fitosanitaria, se le impondrá la pena de dos a siete años de prisión y multa de hasta mil días multa. Artículo adicionado DOF 26-07-2007

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es fundamental que las empresas obtengan las autorizaciones necesarias antes de realizar actividades fitosanitarias. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones severas y afectar la operatividad del negocio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 76 del LFSV?

Este articulo penaliza a quienes realicen actividades en materia fitosanitaria sin la autorizacion correspondiente. Las sanciones incluyen prisión y multas, lo que enfatiza la importancia de la regulación en el sector.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 76 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Es fundamental que las empresas obtengan las autorizaciones necesarias antes de realizar actividades fitosanitarias. La falta de cumplimiento puede resultar en sanciones severas y afectar la operatividad del negocio.

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