LFSV

Artículo 65. Infracciones y sanciones

Las infracciones a la ley serán sancionadas administrativamente por la Secretaría, sin perjuicio de las penas que correspondan si constituyen delito. Se busca asegurar el cumplimiento de las normativas.

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Texto Legal

Las infracciones a lo dispuesto en esta ley y demás disposiciones que emanen de la misma, serán sancionadas administrativamente por la Secretaría, sin perjuicio de las penas que correspondan cuando sean constitutivas de delito.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los productores deben estar al tanto de las posibles infracciones para evitar sanciones. Mantenerse informado sobre las normativas es esencial para el cumplimiento legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LFSV?

Las infracciones a la ley serán sancionadas administrativamente por la Secretaría, sin perjuicio de las penas que correspondan si constituyen delito. Se busca asegurar el cumplimiento de las normativas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Sanidad Vegetal?

[IA] Los productores deben estar al tanto de las posibles infracciones para evitar sanciones. Mantenerse informado sobre las normativas es esencial para el cumplimiento legal.

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