LFRA

Artículo 29. Prescripcion de acciones

La acción por responsabilidad ambiental prescribe en doce años desde el daño. Esto establece un plazo claro para la presentación de demandas.

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Texto Legal

La acción a la que hace referencia el presente Título prescribe en doce años, contados a partir del día en que se produzca el daño al ambiente y sus efectos.

Salvo en los casos previstos en los artículos 23 y 28 de la presente Ley, ninguna de las partes será condenada al pago de gastos y costas judiciales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Las partes deben estar atentas a los plazos de prescripcion para no perder su derecho a demandar. Mantener un registro de incidentes puede ser útil para cumplir con estos plazos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29 del LFRA?

La acción por responsabilidad ambiental prescribe en doce años desde el daño. Esto establece un plazo claro para la presentación de demandas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29 de la LEY de Responsabilidad Ambiental?

[IA] Las partes deben estar atentas a los plazos de prescripcion para no perder su derecho a demandar. Mantener un registro de incidentes puede ser útil para cumplir con estos plazos.

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