LFPC

Artículo 96. Vigilancia y verificación

La Procuraduría llevará a cabo la vigilancia y verificación de productos y servicios para asegurar el cumplimiento de la ley. Esto incluye inspecciones en diversos lugares de operación.

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Texto Legal

La Procuraduría, con objeto de aplicar y hacer cumplir las disposiciones de esta ley y de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, cuando no corresponda a otra dependencia, practicará la vigilancia y verificación necesarias en los lugares donde se administren, almacenen, transporten, distribuyan o expendan productos o mercancías o en los que se presten servicios, incluyendo aquéllos en tránsito. Párrafo reformado DOF 04-02-2004

Para la verificación y vigilancia a que se refiere el párrafo anterior, la Procuraduría actuará de oficio conforme a lo dispuesto en esta ley y en los términos del procedimiento previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y tratándose de la verificación del cumplimiento de normas oficiales mexicanas, de conformidad con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los proveedores deben estar preparados para auditorías y verificaciones. Mantener registros claros y cumplir con las normativas es esencial para evitar sanciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 96 del LFPC?

La Procuraduría llevará a cabo la vigilancia y verificación de productos y servicios para asegurar el cumplimiento de la ley. Esto incluye inspecciones en diversos lugares de operación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 96 de la LEY de Protección al Consumidor?

Los proveedores deben estar preparados para auditorías y verificaciones. Mantener registros claros y cumplir con las normativas es esencial para evitar sanciones.

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