LFPC

Artículo 53. Obligaciones en ventas indirectas

Los proveedores en ventas indirectas deben asegurarse de la identificación del consumidor y permitir reclamaciones. Esto protege los derechos del consumidor en transacciones no presenciales.

ventas indirectasderechos del consumidoridentificacion

Texto Legal

Los proveedores que realicen las ventas a que se refiere este capítulo por medios en los cuales sea imposible la entrega del documento al celebrarse la transacción, tales como teléfono, televisión, servicios de correo o mensajería u otros en que no exista trato directo con el comprador, deberán:

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 12-12-2025 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

I. Cerciorarse de que la entrega del bien o servicio efectivamente se hace en el domicilio del consumidor o que el consumidor está plenamente identificado;

II. Permitir al consumidor hacer reclamaciones y devoluciones por medios similares a los utilizados para la venta;

III. Cubrir los costos de transporte y envío de mercancía en caso de haber devoluciones o reparaciones amparadas por la garantía, salvo pacto en contrario; y

IV. Informar previamente al consumidor el precio, fecha aproximada de entrega, costos de seguro y flete y, en su caso, la marca del bien o servicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los proveedores deben implementar procesos claros para la identificación del consumidor en ventas indirectas. Esto no solo es una obligación legal, sino que también mejora la experiencia del cliente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 53 del LFPC?

Los proveedores en ventas indirectas deben asegurarse de la identificación del consumidor y permitir reclamaciones. Esto protege los derechos del consumidor en transacciones no presenciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 53 de la LEY de Protección al Consumidor?

Los proveedores deben implementar procesos claros para la identificación del consumidor en ventas indirectas. Esto no solo es una obligación legal, sino que también mejora la experiencia del cliente.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 53 del LFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 53 LFPC desde tu celular