LFPC

Artículo 30. Régimen de seguridad social

El personal de la Procuraduría está incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Este articulo asegura la protección social de los trabajadores de la Procuraduría.

seguridad socialprocuraduríatrabajadores
Texto vigente — Sin reformas posteriores al 23 de diciembre de 2025. Verificado en 2026.

Texto Legal

El personal de la Procuraduría estará incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer el régimen de seguridad social aplicable al personal de la Procuraduría es importante para los abogados laborales. Esto puede influir en la asesoría sobre derechos y beneficios de los trabajadores.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 30 del LFPC?

El personal de la Procuraduría está incorporado al régimen de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Este articulo asegura la protección social de los trabajadores de la Procuraduría.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 30 de la LEY de Protección al Consumidor?

Conocer el régimen de seguridad social aplicable al personal de la Procuraduría es importante para los abogados laborales. Esto puede influir en la asesoría sobre derechos y beneficios de los trabajadores.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 30 del LFPC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 30 LFPC desde tu celular