Las relaciones laborales en la Procuraduría se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Este articulo define el personal de confianza y sus funciones dentro de la Procuraduría.
Las relaciones de trabajo entre la Procuraduría y sus trabajadores se regularán por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaría del Apartado B) del artículo 123 Constitucional. Dentro del personal de confianza se considerará al que desempeñe funciones directivas, de investigación, vigilancia, inspección, supervisión y demás establecidas en dicha ley. Asimismo, tendrán este carácter quienes se encuentren adscritos a las oficinas superiores, los delegados, subdelegados y los que manejen fondos y valores.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es relevante para entender la estructura laboral de la Procuraduría. Los contadores deben considerar las implicaciones laborales al asesorar a empleados de esta entidad.
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Art. 28. Designación del Procurador
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Art. 29 BIS. Controles de confianza en la Procuraduría
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