Las multas impuestas por la Procuraduría se consideran créditos fiscales y se ejecutarán como tales. Se establece un mecanismo de pago electrónico y una reducción del 50% si se paga dentro de los 30 días hábiles.
Las multas que imponga la Procuraduría serán consideradas créditos fiscales y se ejecutarán por ésta en su carácter de autoridad fiscal bajo el Procedimiento Administrativo de Ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.
La Procuraduría deberá implementar mecanismos para el pago de multas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
Cuando el infractor pague las multas impuestas dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de su notificación, se aplicará una reducción de un cincuenta por ciento de su monto, siempre y cuando no se hubiere interpuesto medio de defensa alguno en contra de dicha multa. Artículo adicionado DOF 11-01-2018
Capítulo XV Recursos administrativos
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La posibilidad de reducir multas al pagarlas rápidamente es una oportunidad que los infractores deben considerar. Implementar sistemas de pago electrónico puede facilitar el cumplimiento y evitar recargos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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