Este artículo establece las bases para la imposición de sanciones por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Las sanciones se fundamentan en actas, denuncias de consumidores y otros elementos probatorios.
Las sanciones por infracciones a esta ley y disposiciones derivadas de ellas, serán impuestas indistintamente con base en:
I. Las actas levantadas por la autoridad;
II. Los datos comprobados que aporten las denuncias de los consumidores;
III. La publicidad o información de los proveedores y la comprobación de las infracciones; o
IV. Cualquier otro elemento o circunstancia que sirva como prueba para determinar el incumplimiento u omisión para aplicar la sanción. Fracción reformada DOF 29-01-2009
Las resoluciones que emita la Procuraduría deberán estar debidamente fundadas y motivadas con arreglo a derecho, tomando en consideración los criterios establecidos en el presente ordenamiento.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es crucial que los proveedores comprendan los criterios que la autoridad considerará al imponer sanciones. Mantener registros claros y documentación puede ser vital para defenderse ante posibles infracciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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