LFPPI

Artículo 9. Delegación de Facultades

El Titular de la Dirección General puede delegar facultades a servidores públicos subalternos, lo que permite una mayor flexibilidad en la gestión del Instituto.

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Texto Legal

La persona Titular de la Dirección General podrá delegar las facultades a que se refiere el artículo 5 de esta Ley, así como las demás que considere convenientes para el logro de los objetivos y metas institucionales, en servidores públicos subalternos, en los términos que se establezcan en los Acuerdos aprobados por la Junta de Gobierno y publicados en el Diario Oficial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La delegación de facultades puede acelerar los procesos administrativos. Los abogados deben estar al tanto de quiénes son los delegados para facilitar la comunicación con el Instituto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFPPI?

El Titular de la Dirección General puede delegar facultades a servidores públicos subalternos, lo que permite una mayor flexibilidad en la gestión del Instituto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

La delegación de facultades puede acelerar los procesos administrativos. Los abogados deben estar al tanto de quiénes son los delegados para facilitar la comunicación con el Instituto.

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