LFPPI

Artículo 65. Diseños industriales registrables

Los diseños industriales que sean nuevos y aplicables industrialmente son registrables bajo esta ley. Esto fomenta la creatividad y la innovación en el diseño.

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Texto vigente — Sin reformas posteriores al 15 de enero de 2026. Verificado en 2026.

Texto Legal

Serán registrables los diseños industriales que sean nuevos y susceptibles de aplicación industrial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Asegurarse de que un diseño cumpla con los requisitos de novedad es esencial para su registro exitoso. Se recomienda realizar una busqueda previa de diseños similares.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 65 del LFPPI?

Los diseños industriales que sean nuevos y aplicables industrialmente son registrables bajo esta ley. Esto fomenta la creatividad y la innovación en el diseño.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 65 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Asegurarse de que un diseño cumpla con los requisitos de novedad es esencial para su registro exitoso. Se recomienda realizar una busqueda previa de diseños similares.

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