Este articulo regula la mención de solicitudes en tramite o patentes otorgadas, asegurando que solo se realice en los casos correspondientes.
La mención de que existe una solicitud en trámite o patente o registro otorgado, solo podrá realizarse en el caso de que la invención, modelo de utilidad, diseño industrial o esquema de trazado de circuito integrado se encuentre en cualquiera de dichos supuestos.
Capítulo II De las Patentes
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los solicitantes comprendan las limitaciones sobre la mención de solicitudes en tramite para evitar malentendidos. La transparencia en la comunicacion es clave.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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