Se imponen penas de prisión y multas a quienes vendan objetos falsificados en lugares públicos. Las sanciones son más severas si la venta es organizada.
Se impondrá de dos a seis años de prisión y multa de mil a cien mil unidades de medida y actualización, vigente al momento en que se cometa el delito, al que venda a cualquier consumidor final en vías o en lugares públicos, en forma dolosa y con fin de especulación comercial, objetos que ostenten falsificaciones de marcas protegidas por esta Ley.
Si la venta se realiza en establecimientos comerciales, o de manera organizada o permanente, se impondrán de tres a diez años de prisión y multa de dos mil a doscientas cincuenta mil unidades de medida y actualización, vigente al momento en que se cometa el ilícito.
Los delitos a los que se refiere el presente artículo se perseguirán de oficio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La venta de productos falsificados puede acarrear consecuencias legales serias, por lo que es crucial que los comerciantes verifiquen la autenticidad de los productos que ofrecen.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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