La acción para reclamar daños y perjuicios prescribirá en dos años desde que el Instituto declare la infracción administrativa. Esto establece un límite temporal para las reclamaciones.
La acción para reclamar los daños y perjuicios causados por las infracciones a esta Ley, prescribirá en dos años contados a partir de la fecha en que el Instituto haya declarado una infracción administrativa y ésta sea exigible.
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los afectados estén al tanto de este plazo de prescripción, ya que perderlo puede resultar en la imposibilidad de reclamar indemnizaciones por daños.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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