El aseguramiento puede incluir diversos bienes como equipos, documentos y mercancías relacionados con infracciones. Esto permite al Instituto obtener pruebas clave para el procedimiento.
El aseguramiento a que se refiere el artículo 362 de esta Ley podrá recaer en:
I.- Equipo, instrumentos, maquinaria, dispositivos, diseños, especificaciones, planos, manuales, moldes, clisés, placas, y en general de cualquier otro medio empleado en la realización de los actos o hechos considerados en esta Ley como infracciones o delitos;
II.- Libros, registros, documentos, modelos, muestras, etiquetas, papelería, material publicitario, facturas y en general de cualquiera otro del que se puedan inferir elementos de prueba, y
III.- Mercancías, productos y cualesquiera otros bienes en los que se materialice la infracción a los derechos protegidos por esta Ley.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Conocer qué tipos de bienes pueden ser asegurados es esencial para las empresas. Esto les permite tomar medidas preventivas y proteger sus activos en caso de inspecciones.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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