Se definen las visitas de inspección como aquellas realizadas en lugares de fabricación, almacenamiento o venta de productos. Esto establece el marco para las acciones del Instituto.
Se entiende por visitas de inspección las que se practiquen en los lugares en que se fabriquen, almacenen, transporten, expendan o comercialicen productos o en que se presten servicios, con objeto de examinar los productos, las condiciones de prestación de los servicios y los documentos relacionados con la actividad de que se trate, ya sea en establecimientos físicos o plataformas digitales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Comprender esta definición ayuda a las empresas a identificar cuándo pueden ser objeto de inspecciones y a prepararse adecuadamente.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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