El Instituto realizará inspecciones para verificar el cumplimiento de la ley, mediante requerimientos de informes y visitas. Esto asegura la correcta aplicación de la normativa.
Para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, el Instituto realizará la inspección y vigilancia, conforme a los siguientes procedimientos:
I.- Requerimiento de informes y datos, y
II.- Visitas de inspección.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Las empresas deben estar preparadas para las inspecciones y tener sus documentos en orden para evitar sanciones por incumplimiento.
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Art. 353. Uso de documentación restringido
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Art. 355. Obligación de proporcionar informes
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