El Instituto puede condenar al infractor al pago de daños y perjuicios causados al titular afectado, siempre que se demuestre la relacion de causalidad. Esto subraya la importancia de documentar adecuadamente los daños.
En el incidente al que se refiere el artículo 397 de esta Ley, considerando los elementos aportados por las partes, el Instituto podrá condenar al infractor al pago de los daños y perjuicios causados al titular afectado. Para tal efecto, la resolución deberá señalar expresamente:
I.- La existencia de la relación de causalidad entre la conducta infractora y la lesión producida al titular afectado, y
II.- La determinación del daño o perjuicio ocasionado.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Documentar los daños de manera precisa es clave para obtener una indemnizacion. Los titulares deben estar preparados para presentar pruebas claras de la relacion de causalidad.
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