Este articulo establece los documentos y pruebas que deben presentarse junto con la solicitud de declaracion administrativa. Las pruebas adicionales solo se aceptaran si son supervenientes, y se especifica la necesidad de copias simples para la contraparte.
Con la solicitud de declaración administrativa deberán presentarse, en original o copia certificada, los documentos y constancias en que se funde la acción y ofrecerse las pruebas correspondientes.
Las pruebas que se presenten posteriormente no serán admitidas, salvo que fueren supervenientes.
El solicitante deberá exhibir el número de copias simples de la solicitud y de los documentos anexos, necesarios para correr traslado a la contraparte.
Cuando se ofrezca como prueba algún documento que obre en los archivos del Instituto, el solicitante podrá pedir se expida, a su costa, copia certificada de éste o se realice el cotejo respectivo; así como la expedición de las copias simples de dicho documento necesarias para el traslado, señalando el expediente en el cual se encuentre.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Es crucial que los solicitantes cumplan con la presentacion de todos los documentos necesarios para evitar el rechazo de su solicitud. Asegurarse de tener copias suficientes puede facilitar el proceso.
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