LFPPI

Artículo 331. Documentos para declaracion administrativa

Este articulo establece los documentos y pruebas que deben presentarse junto con la solicitud de declaracion administrativa. Las pruebas adicionales solo se aceptaran si son supervenientes, y se especifica la necesidad de copias simples para la contraparte.

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Texto Legal

Con la solicitud de declaración administrativa deberán presentarse, en original o copia certificada, los documentos y constancias en que se funde la acción y ofrecerse las pruebas correspondientes.

Las pruebas que se presenten posteriormente no serán admitidas, salvo que fueren supervenientes.

El solicitante deberá exhibir el número de copias simples de la solicitud y de los documentos anexos, necesarios para correr traslado a la contraparte.

Cuando se ofrezca como prueba algún documento que obre en los archivos del Instituto, el solicitante podrá pedir se expida, a su costa, copia certificada de éste o se realice el cotejo respectivo; así como la expedición de las copias simples de dicho documento necesarias para el traslado, señalando el expediente en el cual se encuentre.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los solicitantes cumplan con la presentacion de todos los documentos necesarios para evitar el rechazo de su solicitud. Asegurarse de tener copias suficientes puede facilitar el proceso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 331 del LFPPI?

Este articulo establece los documentos y pruebas que deben presentarse junto con la solicitud de declaracion administrativa. Las pruebas adicionales solo se aceptaran si son supervenientes, y se especifica la necesidad de copias simples para la contraparte.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 331 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] Es crucial que los solicitantes cumplan con la presentacion de todos los documentos necesarios para evitar el rechazo de su solicitud. Asegurarse de tener copias suficientes puede facilitar el proceso.

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