LFPPI

Artículo 284. Admisión de pruebas

Se permite la admisión de toda clase de pruebas en el proceso de oposición, excepto las confesionales y testimoniales, salvo en ciertos casos. Esto amplía las posibilidades de defensa.

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Texto Legal

Para los efectos de este Capítulo se admitirán toda clase de pruebas con excepción de la confesional y testimonial, salvo que el testimonio o la confesión estén contenidos en documental, así como las que sean contrarias a la moral y al derecho.

LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN A LA PROPIEDAD INDUSTRIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 15-01-2026 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

El Instituto podrá realizar en cualquier tiempo, antes de la declaración, las investigaciones que estime pertinentes y allegarse de los elementos que considere necesarios.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Conocer qué pruebas son admisibles es esencial para construir una defensa sólida. Los solicitantes deben preparar su documentación con anticipación para evitar sorpresas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 284 del LFPPI?

Se permite la admisión de toda clase de pruebas en el proceso de oposición, excepto las confesionales y testimoniales, salvo en ciertos casos. Esto amplía las posibilidades de defensa.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 284 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

[IA] Conocer qué pruebas son admisibles es esencial para construir una defensa sólida. Los solicitantes deben preparar su documentación con anticipación para evitar sorpresas.

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