Cuando una solicitud cumple con los requisitos, el Instituto publicará información relevante en el Diario Oficial, incluyendo el nombre del solicitante y la descripción del producto.
Cuando los documentos presentados satisfagan los requisitos legales, el Instituto publicará en el Diario Oficial:
I.- El nombre del solicitante;
II.- El nombre de la denominación de origen o indicación geográfica;
III.- La descripción del producto o productos que ésta abarcará;
IV.- El lugar o lugares de extracción, producción o elaboración del producto a proteger, la delimitación de la zona geográfica, y
V.- El domicilio en el que se encontrará abierto para consulta pública el expediente de la solicitud de declaración y en el que se recibirán los documentos relacionados con la misma.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La publicación en el Diario Oficial es un paso importante que otorga visibilidad a la solicitud. Los interesados deben estar atentos a estas publicaciones para conocer el avance de sus trámites.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo