LFPPI

Artículo 182. Uso reservado de marca colectiva

Este articulo prohíbe la licencia o transmisión de marcas colectivas a terceros, asegurando que su uso esté restringido a los miembros de la asociación. Esto protege la integridad y el propósito de la marca colectiva.

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Texto Legal

La marca colectiva no será objeto de licencia, ni podrá ser transmitida a terceras personas, quedando su uso reservado a los miembros de la asociación o sociedad.

Las marcas colectivas se regirán, en lo que no haya disposición especial, por lo establecido en esta Ley para las marcas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las asociaciones deben ser diligentes en el control del uso de la marca para evitar infracciones. La claridad en las reglas de uso es esencial para la protección legal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 182 del LFPPI?

Este articulo prohíbe la licencia o transmisión de marcas colectivas a terceros, asegurando que su uso esté restringido a los miembros de la asociación. Esto protege la integridad y el propósito de la marca colectiva.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 182 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Las asociaciones deben ser diligentes en el control del uso de la marca para evitar infracciones. La claridad en las reglas de uso es esencial para la protección legal.

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