Se establece la responsabilidad de quienes obtengan secretos industriales de manera ilícita, incluyendo a empleadores que contraten a trabajadores con este fin. Esta disposición busca proteger la integridad de la información empresarial.
La persona física o moral que contrate a un trabajador que esté laborando o haya laborado o a un profesionista, asesor o consultor que preste o haya prestado sus servicios para otra persona, con el fin de obtener secretos industriales de ésta, se considerará responsable en los términos de esta Ley.
También será responsable la persona física o moral que por cualquier medio ilícito obtenga información que contemple un secreto industrial.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las empresas deben realizar verificaciones de antecedentes y establecer cláusulas de confidencialidad en contratos laborales. Esto puede ayudar a prevenir la obtención ilícita de secretos industriales.
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