LFPPI

Artículo 166. Confidencialidad de secretos industriales

Las personas con acceso a secretos industriales deben abstenerse de divulgarlos sin consentimiento. Esta obligación protege la confidencialidad de la información sensible en el ámbito laboral y profesional.

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Texto Legal

Toda aquella persona que, con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeño de su profesión o relación de negocios, tenga acceso a un secreto industrial del cual se le haya prevenido sobre su confidencialidad, deberá abstenerse de divulgarlo, sin consentimiento de la persona que ejerza su control legal, o de su usuario autorizado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es crucial que las empresas implementen políticas claras sobre el manejo de secretos industriales. Los trabajadores deben ser capacitados para entender la importancia de la confidencialidad y las consecuencias de su violación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 166 del LFPPI?

Las personas con acceso a secretos industriales deben abstenerse de divulgarlos sin consentimiento. Esta obligación protege la confidencialidad de la información sensible en el ámbito laboral y profesional.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 166 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Es crucial que las empresas implementen políticas claras sobre el manejo de secretos industriales. Los trabajadores deben ser capacitados para entender la importancia de la confidencialidad y las consecuencias de su violación.

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