LFPPI

Artículo 127. Vigencia del certificado complementario

La vigencia del certificado complementario no podrá exceder de cinco años, proporcionando una extensión limitada a la protección de la patente original. Esto asegura que los derechos se mantengan dentro de un marco temporal específico.

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Texto Legal

La vigencia del certificado complementario al que se refiere el artículo anterior no podrá exceder de cinco años.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer la vigencia del certificado complementario es crucial para la planificación estratégica de la protección de patentes. Asegúrese de presentar la solicitud a tiempo para no perder derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 127 del LFPPI?

La vigencia del certificado complementario no podrá exceder de cinco años, proporcionando una extensión limitada a la protección de la patente original. Esto asegura que los derechos se mantengan dentro de un marco temporal específico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 127 de la LEY de Protección a la Propiedad Industrial?

Conocer la vigencia del certificado complementario es crucial para la planificación estratégica de la protección de patentes. Asegúrese de presentar la solicitud a tiempo para no perder derechos.

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