LFPCCS_110518

Artículo 9. Integración del Sistema

El Sistema se integrará por representantes de diversas dependencias e instituciones, asegurando una representación amplia de los actores del sector semillero. Esto facilitará la toma de decisiones informadas.

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Texto Legal

El Sistema se integrará por 16 representantes titulares con su respectivo suplente con derecho a voz y voto de cada una de las siguientes dependencias, instituciones y organizaciones:

I. De la Secretaría, un representante propietario que será el C. Secretario de Despacho quien lo presidirá y cuyo suplente será el Subsecretario del Ramo;

II. Del SNICS, un representante propietario que será su Director quien actuará como Secretario Técnico del Sistema y un suplente;

III. Un representante propietario y un suplente del Instituto Nacional de Investigaciones Forestales, Agrícolas y Pecuarias;

IV. Tres representantes propietarios y sus respectivos suplentes de las instituciones de enseñanza superior, investigación y extensión;

V. Tres representantes propietarios y sus respectivos suplentes de las asociaciones de productores y comercializadores de semillas;

LEY FEDERAL DE PRODUCCIÓN, CERTIFICACIÓN Y COMERCIO DE SEMILLAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 11-05-2018 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios

VI. Tres representantes propietarios y sus respectivos suplentes de las asociaciones de obtentores, fitomejoradores y mantenedores de semillas;

VII. Tres representantes propietarios y sus respectivos suplentes de las asociaciones y/o cámaras de agricultores consumidores de semillas; y

VIII. Un representante propietario y su respectivo suplente de los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas que se constituyan.

El nombramiento de los miembros que integran el Sistema es honorífico y no dará derecho a percibir retribución alguna por su desempeño.

La Secretaría nombrará a un órgano para la instrumentación de los acuerdos del Sistema cuyas tareas, estructura, funciones, atribuciones y recursos serán definidos en las reglas de funcionamiento y operación que para tal efecto emita la Secretaría.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La diversidad de representantes en el Sistema asegura que se consideren múltiples perspectivas en la toma de decisiones. Los actores del sector deben estar involucrados para asegurar que sus intereses sean representados.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LFPCCS_110518?

El Sistema se integrará por representantes de diversas dependencias e instituciones, asegurando una representación amplia de los actores del sector semillero. Esto facilitará la toma de decisiones informadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la LEY de Producción, Certificación y Comercio de ...?

La diversidad de representantes en el Sistema asegura que se consideren múltiples perspectivas en la toma de decisiones. Los actores del sector deben estar involucrados para asegurar que sus intereses sean representados.

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